RM 511-2004-MINSA Aviso de Accidente de Trabajo y su Instructivo

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RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 511-2004/MINSA

Lima, 14 de mayo del 2004

Visto el Oficio Nº 1806-2004-DG/DIGESA, de la Direc- ción General de Salud Ambiental (DIGESA);

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 25º de la
Ley Nº 27657 – Ley del Ministerio de Salud y, en el artículo
59º de su Reglamento de Organización y Funciones, apro-
bado por el Decreto Supremo Nº 014-2002-SA, la Direc- ción General de Salud Ambiental, a través de la Dirección
Ejecutiva de Salud Ocupacional, es el órgano técnico-nor- mativo en los aspectos relacionados a la salud ocupacio-
nal;
Que mediante el oficio de visto, la Dirección General de
Salud Ambiental (DIGESA) solicita la aprobación de la “FI- CHA ÚNICA DE AVISO DE ACCIDENTE DE TRABAJO”,
que constituye un instrumento de gestión en materia de salud ocupacional, que permite el registro y notificación de
accidentes que se producen en las diversas actividades
económicas;
Estando a lo informado por la Dirección General de Sa- lud Ambiental;
Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurí- dica;
Con la visación del Viceministro de Salud; y,
De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artí-
culo 8º de la Ley Nº 27657 – Ley del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar la “FICHA ÚNICA DE AVISO DE ACCIDENTE DE TRABAJO” y su Instructivo anexo, los mismos que forman parte integrante de la presente Reso- lución.
Artículo 2º.- La Dirección General de Salud Ambiental, a través de la Dirección Ejecutiva de Salud Ocupacional, es responsable de la difusión, implementación, supervisión y monitoreo de la citada Ficha.
Artículo 3º.- Las Direcciones de Salud a nivel nacio- nal, son responsables del cumplimiento de la mencionada Ficha en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, las mismas que deben cautelar su uso para registrar los acci- dentes que ocurran en los establecimientos de salud, así como los que se produzcan fuera de ellos y se atiendan en dichos establecimientos.

Lima, miércoles 19 de mayo de 2004

Artículo 4º.- La Oficina General de Comunicaciones efectuará la publicación de la referida Ficha en la página web del Ministerio de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER
Ministra de Salud

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RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 512-2004/MINSA

Lima, 14 de mayo del 2004

Visto el OFICIO Nº 1170-2003-DG-OPE-H-SEB, del Hospital Sergio E. Bernales y, el INFORME Nº 0049-2004- OGPE-OEO/MINSA de la Oficina Ejecutiva de Organiza- ción de la Oficina General de Planeamiento Estratégico;

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Ministerial Nº 795-2003-SA/DM, de fecha 12 de julio de 2003, se aprobó el Reglamento de Or- ganización y Funciones del Hospital Sergio E. Bernales;
Que en el citado Reglamento, involuntariamente se ha
incurrido en algunos errores de carácter material, razón
por la cual, es necesario que se modifiquen los mismos; Estando a las visaciones de la Oficina General de Pla-
neamiento Estratégico y de la Oficina General de Asesoría
Jurídica del Ministerio de Salud;
Con la visación del Viceministro de Salud; y,
De conformidad con lo establecido en el artículo 201º
de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo
General y, en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 –
Ley del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Modificar el Reglamento de Organización y Funciones del Hospital Sergio E. Bernales, aprobado por Resolución Ministerial Nº 795-2003-SA/DM, en los siguien- tes términos:

  1. a) En el artículo 25º, la numeración correcta de los li- terales es, del a) al f).
  2. b) En el artículo 35º, primer párrafo, la palabra “varo- nes” queda supr
  3. c) En el literal c) del artículo 42º, la palabra “produc-

ción” se reemplaza por “reproducción”.

  1. d) En el literal d) del artículo 55º, se reemplaza su tex- to por el siguiente: “Realizar las atenciones de acuerdo a

los Protocolos y Procedimientos de Cuidados Intensivos”. e)  En el literal e) del artículo 55º, se reemplaza su tex-
to por el siguiente: “Asegurar el cumplimiento de las nor-
mas de bioseguridad”.

  1. f) En el literal h) del artículo 56º, la palabra “Enferme- ría” se reemplaza por “la especialidad”.

Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER
Ministra de Salud

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RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 516-2004/MINSA

Lima, 14 de mayo del 2004

De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislati- vo Nº 276, el artículo 77º del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90- PCM, el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444 y el artículo 7º de la Ley Nº 27594;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aceptar, con eficacia al 29 de marzo de
2004, la renuncia formulada por el doctor Jorge CANAZAS
PIZARRO, al cargo de Director General, Nivel F-5, de la
Dirección Regional de Salud Huancavelica, dándosele las
gracias por los servicios prestados.
Artículo 2º.- Dar por concluida la designación del doc- tor Héctor RAMOS ORTEGA, en el cargo de Director Eje-
cutivo  de  la  Dirección  de  Asesoría  Legal,  Nivel
F-4, de la Dirección Regional de Salud Huancavelica, dán- dosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 3º.- Aceptar la renuncia formulada por los fun- cionarios de la Dirección Regional de Salud Huancaveli-
ca, que se indican, dándoseles las gracias por los servi-
cios prestados:

NOMBRES Y APELLIDOSCARGONIVEL
Marco Antonio BARTOLO MARCHENADirector Ejecutivo de Salud de las PersonasF-4
Romualdo SULCA OCHANTEDirector Ejecutivo de
Administración
F-4

 

Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER
Ministra de Salud

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