RM 375-2008 MINSA Norma básica de ergonomía y de procedimiento evaluación de riesgo DISERGONÓMICO

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Aprueban la Norma Básica de Ergonomía y  de  Procedimiento de  Evaluación  de Riesgo Disergonómico

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 375-2008-TR

Lima, 28 de noviembre de 2008

VISTOS: El Oficio Nº 2042-2008-MTPE/2 del Despacho del Vice Ministro de Trabajo, y el Oficio Nº 899-2008- MTPE/2/12.4  de la Dirección de Protección del Menor y de la Seguridad y Salud en el Trabajo; y,

CONSIDERANDO:

Que, el literal o) del artículo 5º de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio  de Trabajo y Promoción  del Empleo, señala  que el Sector  Trabajo  tiene  como  atribuciones definir,    concertar,    coordinar,    dirigir,    supervisar    y evaluar la política de higiene y seguridad  ocupacional, y  establecer  las  normas  de  prevención   y  protección contra riesgos ocupacionales  que aseguren la salud integral  de los trabajadores,  en aras del mejoramiento de las condiciones  y el medio ambiente  de trabajo;
Que, la Octava Disposición Transitoria del Reglamento de  Seguridad  y  Salud  en  el  Trabajo,  establece  que  el Registro  de Monitoreo  de Agentes  y Factores  de Riesgo Disergonómico será obligatorio  una vez que se apruebe el instrumento  para el monitoreo de agentes y factores de riesgo disergonómico, por lo que se hace necesario contar con un procedimiento de evaluación de los aspectos ergonómicos;
Que,  el  Sector  ha  procedido  a  la  elaboración  de  la Norma Básica de Ergonomía y de Procedimiento  de Evaluación de Riesgo Disergonómico, con la finalidad que las empresas  puedan  aplicarlas  en sus diferentes  áreas y puestos  de trabajo,  así como a sus respectivas  tareas, contribuyendo  de esa forma  al bienestar  físico,  mental  y social del trabajador;
Que,   en   mérito   a   lo   expuesto   en   los   párrafos precedentes, es necesario emitir el acto administrativo  que apruebe la Norma Básica de Ergonomía y de Procedimiento de Evaluación de Riesgo Disergonómico, en cumplimiento de lo establecido  en el Reglamento  de Seguridad  y Salud en  el Trabajo,  aprobado  mediante  Decreto  Supremo  Nº
009-2005-TR;
Con  las  visaciones  del  Vice  Ministro  de Trabajo  y del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad  con lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, los artículos 11º y 12º literal d) de su Reglamento de Organización  y Funciones,  aprobado  por  Resolución Ministerial   Nº  173-2002-TR   y  sus  modificatorias,   y  el artículo 25º numeral 8) de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar la “Norma Básica de Ergonomía y de Procedimiento de Evaluación de Riesgo Disergonómico”, en mérito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial, que en anexo forma parte de la misma.
Artículo 2º.- La Autoridad Administrativa de Trabajo es responsable de velar por el cumplimiento de la presente Norma.
Artículo 3º.- El anexo de la presente Norma deberá ser registrada en el Portal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, www.mintra.gob.pe, dentro de  los  dos  días  siguientes de  su  publicación en  el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de su cumplimiento la Oficina General de Estadística e Informática.
Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBAR
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

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